Tribunal de San Juan desestima demanda por traslado de Mundi

La jueza superior Lauracelis Roques Arroyo, del Tribunal de San Juan, dictó ha lugar la moción de desestimación presentada por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DNRA) contra Elephant Aid International (EAI), organización que tuvo un contrato con el gobierno para el traslado de la elefanta Mundi a un santuario en el estado de Georgia.

De esta forma, la jueza desestimó la demanda de injunction que hiciera Carol Buckley a nombre de EAI por daño irreparable en cuanto a la vida y bienestar de Mundi y por pérdida de inversión tras el proceso que culminó con la cancelación “unilateral e injustificada de parte del DRNA” del acuerdo de transferencia de la elefanta.

El acuerdo entre las partes tenía vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.

La demanda de Buckley establecía que “la compareciente pierde todo derecho propietario sobre la elefante, pierde su inversión de dinero, alianzas, esfuerzos y recursos destinados al traslado de Mundi a las facilidades de EAI”. La demanda se presentó con la intención de evitar que la controversia se tornara académica por la muerte o pérdida de Mundi “ante las condiciones donde se encuentra”.

No obstante, la jueza determinó que la parte demandante no pudo probar que existe un daño irreparable, por lo que falló a favor del gobierno local.

“Los remedios que solicita la parte demandante relacionados con su inversión pueden ser compensados económicamente mediante el trámite ordinario de incumplimiento de contrato. A su vez, la parte demandante no presentó prueba alguna para demostrar que existe un daño irreparable en cuanto a la vida o bienestar de Mundi. Por estas razones, no procede la concesión del remedio extraordinario del injunction preliminar en este caso, el cual descansa en la sana discreción del Tribunal”, lee la determinación.

Roques Arroyo añadió que las alegaciones del estado de Mundi por parte de Buckley son especulativas y no permiten la emisión de un injunction.

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